miércoles, 19 de agosto de 2015

TENGO UN SOCIO EXTRANJERO

Cada vez es más normal que venga a nuestras oficinas algún emprendedor al que le surge la oportunidad de iniciar un negocio junto con un socio extranjero o junto con una sociedad extranjera.

En estos casos siempre aconsejamos constituir una Sociedad Limitada. Hay otras posibilidades, pero ya sea por responsabilidad o por coste, las desaconsejamos.

Esta entrada también es válida para el caso en que ya tengamos una sociedad y queramos darle participación a un socio extranjero, ya sea igualmente sociedad o persona física.

A continuación os vamos a detallar todos los pasos que deberéis seguir. No vamos a entrar en el detalle de los pasos para la constitución de una Sociedad Limitada puesto que este tema ya lo tratamos en otra de nuestras entradas Constitución de Sociedad Limitada, vamos a explicaros simplemente el trámite extra que se deberá realizar.

Para el caso que el socio sea una persona física, tan sólo deberéis obviar el paso de identificar a la sociedad extranjera en España.

  • Identificar la Sociedad Extranjera en España. Debemos obtener un NIF español, este trámite podemos realizarlo en cualquier administración de Hacienda Española. Se deberá presentar un modelo 036 junto con:
    • Un documento que acredite la existencia de la Sociedad, que suele ser la escritura de constitución en su país y los estatutos inscritos en algún registro oficial. También podemos aportar una certificación de un notario o alguna autoridad fiscal que acredite la existencia de la sociedad. Es muy importante que ese documento incluya la identificación del representante de la sociedad pues de no ser así, tendremos que aportar otro documento que la acredite. Debe estar traducido al español, en caso que el original se encuentre en otro idioma, y legalizado mediante la Apostilla de la Haya o en el los países que no tengan el acuerdo, podremos legalizarlo en la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento.
    • Fotocopia del documento que  acredite la identidad de la persona que firma la declaración censal, que debe ser un representante de la sociedad y previamente debe estar identificado en España (lo explicamos en el paso 2).
Una vez realizado este paso, ya poseemos el NIF de la sociedad y podremos ir al Notario a firmar.
  • Identificar al Socio extranjero o al representante legal de una sociedad en España (obtención de NIE).
    • Este trámite podemos realizarlo o bien en España, en la Dirección General de Policía y de la Guardia Civil directamente, o a través de la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde vaya a tener fijado su domicilio la nueva SL, o bien en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas ubicadas en el país de residencia del solicitante. Deberemos aportar la siguiente documentación:
      • El impreso EX-15 debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero.
      • Original y copia del pasaporte completo, o documento de identidad, título de viaje o cédula de inscripción en vigor.
      • Comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud. Nosotros aquí siempre aportamos un acuerdo de voluntades para la constitución de la Sociedad Limitada, como el que se usa o usaba cuando ibas a solicitar el CIF en hacienda para la constitución de la SL.
      • Tasa Modelo 012 "asignación de Número de Identidad de Extranjero (NIE)" que si previamente la hemos conseguido y pagado, ahorraremos tiempo. De no ser así, en la misma puerta nos la darán para que la abonemos.
  • Identificar al Socio extranjero o al representante legal en Hacienda.
    • Este trámite podemos realizarlo en cualquier administración de Hacienda Española, recordad que ahora hay que pedir Cita Previa, de no ser así no nos atenderán. Tendremos que llevar relleno el modelo 030 y aportar copia del NIE que nos han asignado.
En ese momento finaliza el trámite y podremos empezar a constituir nuestra nueva Sociedad Limitada con total normalidad, en S&M Asesores   tenemos experencia en estos casos, apóyate en nosotros para cumplir con todas las obligaciones que implica haber constituido una Sociedad.